Inédito fallo de la Cámara de Casación Penal.
Un tribunal consideró que es un “sujeto no humano” y ordenó que la liberaran. Sería trasladada a Brasil.
La decisión de un tribunal argentino de aceptar un habeas corpus para que Sandra, una orangutana que vive en el Zoo porteño desde hace 20 años, pueda vivir en libertad, tuvo impacto en la prensa europea. Ayer, la web de la BBC de Londres destacó en su portada que se le reconocieron “derechos básicos” al animal y que con el fallo, en el ordenamiento legal la orangutana dejó de ser considerada un “objeto” para tener derechos similares a los de los humanos. Se trata de una sentencia con pocos antecedentes en el mundo.
La noticia también rebotó en los portales de los diarios británicos The Guardian y The Independent. Hubo impacto regional, además: ayer el tema estuvo en portada en El País de Montevideo y El Mercurio de Chile, entre otros medios sudamericanos.
La BBC resaltó la disparidad de criterios y que el debate está abierto. En esa línea, informó que este mismo mes una corte de apelaciones del Estado de Nueva York dictaminó que a un chimpancé no se le pueden aplicar los mismos derechos que a las personas y no tiene que ser puesto en libertad por su dueño. En el mismo sentido, el “caso argentino” tuvo una sentencia de primera instancia que había negado esos derechos.
La decisión de darle mejores condiciones de vida a la orangutana la tomó La Sala II de la Cámara de Casación Penal. Se conoció ayer, por una nota que publicó el diario La Nación. El tribunal de alzada reconoció a Sandra como “sujeto no humano” y le concedió un habeas corpus, figura legal que se utiliza para casos de personas privadas ilegítimamente de su libertad. Así, se la acepta como persona jurídica. Ahora, la orangutana podrá ser trasladada a un santuario brasileño donde vivirá en “semi libertad”.
En noviembre, el habeas corpus pedido por la Asociación de Funcionarios y Abogados por el Derecho de los Animales (AFADA), había sido rechazado por la jueza penal de instrucción Mónica Berdión de Crudo. Finalmente, la Sala II de la Camara de Casación penal revirtió esa sentencia al considerar que se trataba de un “confinamiento injustificado de un animal con probada capacidad congnitiva”.La AFADA había argumentado que la “orangutana de Sumatra” estaba sufriendo por el encierro y por estar exhibida ante las personas que visitan el zoológico
No hay comentarios:
Publicar un comentario